Que, la Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en el Registro Oficial Nº 298, del 12 de octubre del 2010, en el Art. 17 dice: “Reconocimiento de la autonomía responsable. - El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución de la República.
Qué, en el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que el “sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas de país, en relación con los objetivos del desarrollo”.
Que, el artículo 355 de la Constitución de la República en los incisos primero y segundo dispone “El Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución.
Que, el Art. 3 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador establece como deber del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes;
Aprobar las políticas para los descuentos de rubros y matriculas, dejando establecido que será el señor Rector quien determine el valor del porcentaje de descuento, el cual no podrá exceder el 25% para las empresas relacionadas con las Cámaras de la Producción e Instituciones en general.
Que, el Art. 3 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador establece como deber del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes;
El Consejo Académico Superior en su sesión de 24 de marzo de 2023, con el voto unánime y favorable de sus miembros presentes, adoptó la siguiente resolución luego de conocer la propuesta para el Reglamento de Becas del Instituto Superior Tecnológico Tecniempresarial Wissen;
Expedir el Reglamento de Investigación del Instituto Superior Tecnológico Wissen, de conformidad con el siguiente texto:
EL CONSEJO ACADÉMICO SUPERIOR, en uso de sus atribuciones establecidas en la Constitución de la República; las Leyes y Reglamentos; su Estatuto; con el voto a favor, expresado por los miembros presentes en la sesión; CONSIDERANDO:
Expedir el Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Docente e Investigador del Instituto Superior Tecnológico Wissen, de conformidad con el siguiente texto:
EL CONSEJO ACADÉMICO SUPERIOR, en uso de sus atribuciones establecidas en la Constitución de la República; las Leyes y Reglamentos; su Estatuto; con el voto a favor, expresado por los miembros presentes en la sesión; CONSIDERANDO:
Expedir el Reglamento de regulación de aranceles al Instituto Superior Tecnológico Tecniempresarial Wissen, y sus anexos, de conformidad con el siguiente texto: